En el Código de Comercio aparecen una serie de normas legales que se aplican a todo comercio y empresario, denominadas estatuto del comerciante o empresario.
¿Qué es el estatuto jurídico del empresario?
Se trata de una serie de normas que determinan las obligaciones y prohibiciones para iniciar una actividad e inscribirla en el registro mercantil en la que nosotros seamos empresarios.
Toda persona física si quiere estar inscrita dentro de la actividad empresarial en España deberá cumplir una serie de requisitos:
Deberá tener capacidad legal para ejercer el comercio. En este caso, los menores de edad o aquellas personas que sean mayores de edad, pero estén incapacitadas, no pueden ser comerciantes, aunque estén emancipados. En este caso, según la ley esto no se permite ya que no pueden disponer de sus bienes y tendría que tener el control una persona más mayor.
Sin embargo, los menores van a poder continuar ejerciendo aquello que hayan iniciado sus padres por medio de sus curadores o tutores legales. Pero aun así no pueden iniciar ninguna nueva actividad.
Aquellos que sean mayores de edad y tengan la capacidad legal de disponer de todos sus bienes, podrán llevar a cabo cualquier actividad mercantil ya sea comercial, industrial o de servicio o incluso no mercantil como la agricultura, la ganadería o la artesanía. En general cualquier ciudadano español podría iniciar cualquiera de estas profesiones, pero debe tener una habitualidad. Se denomina habitual cuando se hace eco de su trabajo, aunque no haya ejercicio.
Aquellas personas que se inscriban en el registro mercantil serán ya denominados como empresarios. El empresario deberá actuar en nombre propio, es decir, deberá asumir todos los beneficios de sus actividades al igual que todas las responsabilidades económicas como pagos que estas traigan.
Aquellas personas que cumplen todos los requisitos para ejercer una actividad, pueden verse enfrentadas por unas prohibiciones y limitaciones que les obligan a detener esa actividad económica.
Si una persona ha sido sentenciada con que no puede ejercer el cargo empresarial por cualquier motivo que la ley impida hasta su nuevo aviso, quiere decir que no podrá ejercer en definitiva ninguna labor comercial bajo su nombre. Normalmente se trata cuando ha producido una competencia ilícita.
Puede haber prohibiciones de diferentes tipos, las más comunes son las absolutas que se prohíbe en todo el territorio nacional, las relativas que solo se centran en el territorio que trabajan o las prohibiciones que afectan a un genero determinado del comercio.
Esta persona no puede ejercer el cargo mediante otra persona, es decir, no puede haber un representante que actúe en su lugar.
Dentro de las prohibiciones se encuentran las incompatibilidades que por ostentar determinados cargos ya no pueden iniciar una actividad económica a su propio beneficio, prohibiéndoles totalmente su iniciación.
Hablaríamos de incompatibilidad absoluta cuando se prohíbe ejercer el comercio en todo el territorio nacional por parte de militares, miembros del gobierno y altos cargos del Estado.
También podemos hablar de incompatibilidad relativa que en este caso se prohíbe dentro de unos límites como un distrito, una región, o provincia determinada. Aquí entrarían magistrados, jueces, delegados del Gobierno o gobernadores militares.
En resumen, para ser empresario se necesita contar con una libertad plena iniciar la actividad empresarial. Si no se cumplen los requisitos o existe alguna prohibición no podrá considerarse un empresario ni ejercer ninguna actividad económica.
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