¿Qué es un grupo de sociedades y qué normas se le aplican?

En España se da con cierta frecuencia que una serie de empresas decidan unirse, formando así lo que se conoce como un grupo de sociedades.

Grupo de sociedades empresariales

Las sociedades son independientes desde el punto de vista legal, pero a efectos de control, existe una empresa que ejercerá la posición dominante (empresa dominante) y otra u otras empresas que estará bajo sus directrices (empresa dominada o subordinada). Esta situación está regulada fundamentalmente por el Código de Comercio, el cual, en su artículo 42, expone lo siguiente:
‘Existe un grupo cuando una sociedad ostente o pueda ostentar, directa o indirectamente, el control de otra u otras. En particular, se presumirá que existe control cuando una sociedad, que se calificará como dominante, se encuentre en relación con otra sociedad, que se calificará como dependiente, en alguna de las siguientes situaciones:

  • Posea la mayoría de los derechos de voto.
  • Tenga la facultad de nombrar o destituir a la mayoría de los miembros del órgano de administración.
  • Pueda disponer, en virtud de acuerdos celebrados con terceros, de la mayoría de los derechos de voto.
  • Haya designado con sus votos a la mayoría de los miembros del órgano de administración, que desempeñen su cargo en el momento en que deban formularse las cuentas consolidadas y durante los dos ejercicios inmediatamente anteriores. En particular, se presumirá esta circunstancia cuando la mayoría de los miembros del órgano de administración de la sociedad dominada sean miembros del órgano de administración o altos directivos de la sociedad dominante o de otra dominada por ésta. Este supuesto no dará lugar a la consolidación si la sociedad cuyos administradores han sido nombrados, está vinculada a otra en alguno de los casos previstos en las dos primeras letras de este apartado.


Además de este artículo del Código de Comercio, esta situación aparece también en el Real Decreto 1159/2010, de 17 de septiembre, por el que se aprueban las Normas para la Formulación de Cuentas Anuales Consolidadas y se modifica el Plan General de Contabilidad aprobado por Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre y el Plan General de Contabilidad de Pequeñas y Medianas Empresas aprobado por Real Decreto 1515/2007, de 16 de noviembre.

La creación y gestión de un grupo de sociedades tiene características que conviene conocer, tanto desde el punto de vista mercantil como desde el fiscal y el contable.

El tema reviste cierta complejidad en Derecho español y, al margen de lo dispuesto por el Código de Comercio, existen diferentes interpretaciones por parte de los Tribunales en cuestiones que afectan a los grupos de empresas.

Es por eso que, si tiene dudas o desea saber más sobre este tema, puede ponerse en contacto con nuestro Despacho de abogados mercantiles de Sevilla para recibir más información al respecto, pues contamos con expertos en Derecho mercantil que le ayudarán eficazmente con su caso. No dude en consultarnos.

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